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ANEXO I DESCRIPCIÓN

A. ZONA DE FRONTERA PARA EL DESARROLLO Y ZONA DE SEGURIDAD DE FRONTERAS TERRESTRE.

I.  Provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones

En la Provincia de Entre Ríos, remontando el Río Paraná Guazú desde su desembocadura hasta la Ruta Nacional 12 y por la misma hasta su encuentro con la Ruta Nacional 14. Por esta última hasta la intersección de la Ruta Nacional 14 y la Ruta Provincial 144 en CORRIENTES y desde este punto, en línea recta, hasta la localidad de San Antonio. A partir de allí, continúa por una línea imaginaria paralela ubicada a 10 km. al Oeste-NO a la Ruta Nacional 14 y avanzará de ese modo hasta la intersección con la Ruta Provincial 40. Desde este punto, proseguirá hacia el Este por Ruta Provincial 40 hasta interceptarse con la Ruta Nacional 14. Desde este punto por la Ruta Nacional 14, hasta la intersección con la Ruta Nacional 120 y por esta última, hacia el noroeste, hasta su intersección con el Río Aguapey. Desde este punto en línea recta, pasando por la localidad de Loreto, hasta la localidad de Nuestra Señora del Rosario de Caa Catí, para continuar por Ruta Provincial 5 hasta la localidad de San Luis del Palmar y de allí hasta la localidad de Paso de la Patria, luego por la Ruta Provincial 9 hasta llegar al Arroyo San Juan, y por ésta hasta su desembocadura en el Río Paraná.

La zona así delimitada incluye la totalidad del territorio de la provincia de MISIONES exceptuándose el ejido municipal de la ciudad de Posadas.

II.  Provincias del Chaco, Formosa, Salta y Jujuy

En la Provincia del Chaco, desde el río Paraná, siguiendo por los límites interdepartamentales Bermejo - 1º de Mayo y Bermejo - Libertador General San Martín hasta el río de Oro. Desde este punto en línea recta con dirección norte hasta el cruce del río Bermejo con el límite interdepartamental Laishi-Pirané en FORMOSA. Siguiendo por este límite y luego por su similar Formosa-Pirané hasta su intersección con el cruce de las vías del Ferrocarril Gral. Belgrano y por estas hasta SALTA. La zona así delimitada exceptúa el ejido municipal de la ciudad de Formosa. En la provincia de SALTA, continúa siguiendo las vías del ferrocarril en dirección oeste hasta la intersección con el paralelo de 23°26’52”. Luego, continúa por éste hasta el río San Francisco siguiendo su cauce hasta llegar al límite interprovincial con JUJUY y continúa por éste límite hasta su intersección con el paralelo 23°. Por este último hacia el oeste, hasta intersectar con la Ruta Nacional 40 y siguiendo hacia el sur por esta hasta la localidad de Susques. Desde este punto, por Ruta Nacional 40 hasta intersectar con Ruta Provincial 74-2 y por su continuación en SALTA por Ruta Provincial 38, con sentido sur hasta San Antonio de los Cobres. Desde este punto continúa por Ruta Nacional 51 hasta la intersección con la Ruta Provincial 129 y continuando por ésta hacia la localidad de Salar de Pocitos y luego por la Ruta Provincial 17 con dirección sur hasta el límite interprovincial con CATAMARCA.

III.  Provincias de Catamarca, La Rioja, San Juan y Mendoza

En Catamarca por la Ruta Provincial 43, pasando por El Peñón hasta el límite interdepartamental Antofagasta de la Sierra-Belén y por éste hasta el límite interdepartamental Tinogasta-Belén, continuando por este hasta intersectar con la Ruta Provincial 3 y por ésta, hasta Tinogasta y a partir de allí, en línea recta hasta la Villa San José de Vinchina, en la Provincia de La Rioja. Desde este punto por Ruta Nacional 76, pasando por Villa Unión hasta su intersección con la Ruta Nacional 40, continuando por dicha ruta hasta SAN JUAN. En esta provincia, por la Ruta Nacional 40 hasta San José de Jachal y luego por la Ruta Nacional 150 hasta su intersección con la Ruta Nacional 149. A partir de este punto sigue por dicha ruta hasta su intersección con la Ruta Provincial 412 y siguiendo por ésta y luego por la 406 con dirección sur hasta conectarse nuevamente con la Ruta Nacional 149, continuando por esta última, hasta MENDOZA.

En MENDOZA por la Ruta Nacional 149 con dirección sur, hasta la intersección con la Ruta Nacional 7 en la localidad de Uspallata y desde este punto, siguiendo por esta última con dirección a la localidad de Potrerillos hasta su intersección con la Ruta Provincial 89. Luego continúa por ésta pasando por la localidad de San José hasta su confluencia con la Ruta Provincial 94, y continúa con rumbo este, hasta su intersección con la Ruta Provincial 92 y a partir de allí, en dirección sur por ésta última hasta su intersección con la Ruta Nacional 40, continuando en sentido sur, hasta el límite interprovincial con NEUQUÉN.

IV. Provincias del Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz

En la provincia del Neuquén por la Ruta Nacional 40 hasta la Ruta Provincial 9 y por ésta hasta su nueva intersección con la Ruta Nacional 40. Por la misma continúa hacia el sur atravesando la localidad de Zapala hasta su intersección con la Ruta Nacional 234 sigue por ésta y por la Ruta Nacional 237 sobre el Dique Alicurá y de allí, ya en la provincia de RIO NEGRO, por la Ruta Nacional 1S40, hasta su intersección ya en la provincia DEL CHUBUT nuevamente con Ruta Nacional 40.

En la provincia del Chubut, por la Ruta Nacional 40 hasta la intersección con la Ruta Nacional 2S40, y por ésta hasta su nueva intersección con la Ruta Nacional 40 y por ésta atravesando las localidades de Gobernador Costa hasta Nueva Lubecka. Desde este punto, en línea recta hasta Río Mayo y a partir de allí por Ruta Nacional 40 hasta la Provincia de Santa Cruz. En esta provincia continúa en dirección sur por la Ruta Nacional 40 hasta intersectar con la Ruta Provincial 29, luego por esta última hasta su intersección con la Ruta Nacional 40. Desde este punto continúa por Ruta Nacional 40 hasta la Ruta Provincial 5 y por la ulterior hasta su intersección con la Ruta Nacional 3.

En la intersección de ésta última con el Río Gallegos, baja por la ribera sur de este último hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.

La zona así delimitada exceptúa el ejido municipal de la ciudad de Río Gallegos.

V. Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

La Zona de Frontera para el Desarrollo y Zona de Seguridad de Fronteras comprende la totalidad de su territorio (Ley Nº 23.775 promulgada parcialmente el 10 de mayo de 1990 - Decreto Nº 905 del igual fecha).

La zona así delimitada exceptúa el ejido municipal de las ciudad de Ushuaia.

B. ZONA DE SEGURIDAD DE FRONTERAS MARÍTIMA (EXCLUSIVAMENTE)

VI. Provincias de Santa Cruz, Chubut y Río Negro

Desde la Punta Bustamante, en la desembocadura del río Gallegos, subiendo por su ribera norte hasta la Ruta Nacional 3 y de allí hacia el Norte hasta la localidad de El Salado. Desde este punto por Ruta Provincial 47 hasta su intersección con Ruta Provincial 83. Desde este punto en línea recta hasta la intersección de las Rutas provinciales 47 y 62 y a partir de allí continuando por la Ruta Provincial 47 hasta su intersección con la Ruta Provincial 66 y por esta última hasta la localidad de Antonio de Biedma. Desde este punto continúa por Ruta Nacional 281, continuando por Ruta Nacional 3 hasta su intersección con la Ruta Provincial 43, siguiendo por esta última hasta la Localidad de Pico Truncado. Desde este punto en línea recta hasta la localidad de Holdich en la Provincia del Chubut. Desde allí por Ruta Provincial 37 hasta la localidad de Pampa del Castillo, continuando hasta la intersección con la Ruta Nacional 3 y, por esta última ya en la Provincia de Río Negro hasta la intersección con Ruta Nacional A025. A partir de allí por esta última hasta su intersección con Ruta Provincial 1, y desde este punto con dirección sur, en línea recta hasta el océano Atlántico.

La zona así delimitada exceptúa el ejido municipal de la ciudad de Rawson.

VII. Los ejidos municipales de aquellas localidades divididas por el trazado de límite de cualquiera de las dos Zonas establecidas, deberán ser consideradas totalmente incluidas en dichas Zonas.