La Ley 25.246 fue sancionada con el objetivo de prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
Ley 25.246 - Lavado de activo de origen delictivo - Modificación Código PenalEs el organismo con autonomía y autarquía financiera a cargo del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el Lavado de Activos (LA) y la Financiación del Terrorismo (FT).
Ley 25.246 - Capítulo IISon las personas físicas y/o jurídicas obligadas a informar a la UIF. Los sectores determinados en dicho artículo son aquellos que los legisladores consideraron vulnerables para el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
Los Sujetos Obligados son los determinados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y modificatorias.
Ley 25.246 - Art. 20Los Sujetos Obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y los oficiales de cumplimiento, en su caso, deberán registrarse en la página www.uif.gov.ar/sro.
En el caso que un Sujeto Obligado inicie su actividad, deberá efectuar la registración dentro del día 1º al 30 del mes correspondiente al inicio de la misma.
Los Sujetos Obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, deberán presentar ante la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA la documentación respaldatoria de su inscripción en el Sistema de Reporte de Operaciones dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a su registración en la página web www.uif.gob.ar.
Res. Uif 50_2011 - Registración de sujetos obligadosEs un ente intergubernamental con el mandato de fijar estándares y promover la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el LA/FT y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional.
Gafi - Las 40 recomendaciones sobre blanqueo de capitales - 2003Se denomina Lavado de Activos al proceso en virtud del cual los activos de origen ilícito se integran en el sistema económico legal con apariencia de haber sido obtenidos en forma lícita.
Es decir, es un mecanismo mediante el cual una persona o una organización criminal que comete un delito (narcotráfico, corrupción, trata de personas, pornografía infantil, etc.) busca ocultar, disimular y/o encubrir el dinero conseguido de su actividad ilícita intentando en ese proceso dar, a esos fondos, apariencia de haber sido obtenido legalmente.
Para evitar llamar la atención de las autoridades sobre sus actividades reales (por ejemplo el dinero obtenido a través del narcotráfico) los delincuentes tratan de que no exista un vínculo directo entre el producto de sus delitos y sus actos ilegales. Por esta razón, y para poder gastar ese dinero mal habido abiertamente, crean estructuras y herramientas cada vez más sofisticadas.
Aunque el objetivo principal de los grupos terroristas no es financiero, detrás de toda acción terrorista existe una red de financiamiento que le da sustento. El terrorismo puede financiarse tanto con bienes lícitos como ilícitos, en cuyo caso se encuentra íntimamente ligado al Lavado de Dinero.
Por tal motivo, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) emitió varias Recomendaciones respecto a cómo los países deben proceder frente a este flagelo. Entre ellas, la Recomendación 5, señala que los países deben poder clasificar e identificar como crímenes tanto el financiamiento del terrorismo, como el financiamiento de los actos terroristas, de organizaciones terroristas y terroristas individuales.
Agrega, además, que los países deben designar tales delitos como precedentes del Lavado de Activos. Cuando se habla de “delitos precedentes del Lavado de Activos”, se hace referencia a actividades ilegales que generan ingresos que luego se intentan insertar en el circuito legal, con apariencia de haber sido obtenidos lícitamente.
Son aquellas operaciones tentadas o realizadas que ocasionan sospecha de LA/FT, o que habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el Sujeto Obligado, no permitan justificar la inusualidad.
Establece las reglas de conducta que deben seguir todos los funcionarios públicos y regula la presentación de declaraciones juradas e incompatibilidades de los funcionarios.
Ley 25.188 - Etica en el ejercicio de la función públicaEstablece las sanciones que puede recibir una empresa por cometer delitos y los procedimientos que debe cumplir para evitar la comisión de delitos.
Ley 27.401 - Responsabilidad penal empresariaSon las zonas y áreas establecidas por la Ley Nº 18.575 y su actualización por Decreto Ley 253-2018.
Ley 18.575 - Zonas y áreas de fronteras